SEGUNDO: En relación a la imputación hecha por el Ministerio Público, vinculada al DELITO DE POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 34 de la Ley Contra el Trafico y Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas...; TERCERO: Se acuerda seguir la presente causa conforme a las reglas previstas para el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a tenor de lo dispuesto en el Último Aparte del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por imperativo del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...; CUARTO: En cuanto a la solicitud Fiscal en relación a la Detención para su Identificación, establecida en el Artículo 558 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y visto lo manifestado por la Defensa Pública Penal de Adolescentes Nº 8, se acuerda esperar hasta las Tres y Treinta (03:30) horas de la tarde de este mismo día, a fin de que comparezca la ciudadana MILAGRO.....