Por las razones antes expuestas este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la falta de cualidad de INVERSIONES PEGELIX CA., en el juicio y SIN LUGAR LA DEMANDA que por desalojo sigue INVERSIONES PEGELIX CA contra el ciudadano DOMINGO AIRES GONCALVES.
Se condena a la parte actora en costas de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.