Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad expresamente de la ley
declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha treinta (30) de octubre de 2014, por el ciudadano Mario Cobucci Parascandolo, identificado en autos, actuando como representante legal de la sociedad mercantil Cobramar, C.A., debidamente asistido por los abogados Hilario García Masabe y María Begoña Múgica Sesma, también identificados en autos, en contra del auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, de fecha veintitrés (23) de octubre de 2014.
Por la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.