III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de CONVERSION EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: ANA TERESA ARGOTTI VELASQUEZ y LEON SALOMON SAMUEL BENSHIMOL SALAMANCA, ambos identificados al inicio de este fallo;
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 19 de octubre de 2012, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Cafetal Municipio Baruta del Estado Miranda, cuya acta quedó inserta bajo el Nº 185, del Libro de Matrimonio Civil del año 2012;
TERCERO: Líbrese oficio a la Oficina de Registro Civil de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baru.....