´Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16 de enero de 2023, por el abogado GONZALO ANTONIO MATA ESPINOZA, en su carácter de apoderado judicial de la parte co-demandada, ciudadanos MERY JUDITH CONTRERAS VERGARA Y MELHEM HASSAN ABOUJOKH CONTRERAS, contra la decisión dictada en fecha 11 de enero de 2023, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 10º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la caducidad de la acción subsidiaria de nulidad de contratos de cesión, opuesta por la parte demanda.....