acuerda NEGAR el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado LUIS MIGUEL SUAREZ HERRERA, venezolano, natural de Calabozo, de 25 años de edad, hijo de Lucila de Herrera y Ofracio Ramón Suárez, de Ocupación u Oficio Ayudante de Cosechadoras, residenciado en la Carrera 21 con 13, al lado del Templo la Fe Apostólica, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.145.796, por cuanto no reúne los requisitos exigidos en el artículo 500 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido de que el Informe Técnico resultó DESFAVORABLE y no tiene las dos terceras partes de la pena cumplida que será en fecha 13-05-2009