"Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuesta, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRA VENTA A PLAZO, intentó el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), contra la ciudadana ALEIDA SUAREZ de VARGAS, ambos identificados en autos, y en consecuencia de ello se declara RESUELTO EL CONTRATO DE COMPRA VENTA A PLAZO, celebrado entre las partes sobre el inmueble ubicado en el sector 02, vereda 33, casa N° 03, Urbanización Las Garcitas, Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante, Estado Guárico, y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con casa N° 04 de la vereda 35, SUR: Con la vereda 33, ESTE: Con casa N° 05 de la vereda 33, OESTE: Con casa N° 01 de la vereda 33, y en consecuencia lo entregue totalmente .....