DISPOSITIVA
En consecuencia éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA la AMPLIACION del Régimen de Prueba por el lapso de UN (01) AÑO al ciudadano JOSE ALEJANDRO MANZOL, venezolano, titular de la cédula N° 13.794.131, natural de Zaraza, nacido el 15-02-76, de 28 años de edad, soltero, hijo de la ciudadana LINA MANZOL, residenciado en la Calle Troconis, Casa N° 30, Sector Las Lomas, Zaraza, Estado Guárico. Todo ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, notifíquese a la víctima de conformidad con el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal y déjese copia certificada en los Archivos del Tribunal.
Es justicia en Valle de la Pascua, a los tres (03) días del mes de agosto de 2004.
LA JUEZ DE JUICIO N° 01
DRA. FRANCIA MALUX P.....