III.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO y DE LA CIRCUNSCRIPIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora Sociedad Mercantil COMERCIAL MIRANDA C.A., debidamente registrada por ante el Registro Mercantil III de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, bajo el N° 62, Tomo 3-A- Pro, del año 2.008, ubicada en la prolongación de la carrera 12, Barrio Pinto Salinas de la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico; y actuando en su representación en calidad de Vicepresidenta la ciudadana ANGELA ROSA FARIA DE DE FREITAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° 13.115.270, con domicilio en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico. En consecuencia, se CO.....