VI
DECISION
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso de Nulidad Conjuntamente con Suspensión de Efectos del Acto Administrativo, incoado por los ciudadanos, Dilia Modesta Suarez, Jorge Luis Infante Ruiz, José Ángel Camacho Leal, Juana Manuela Pérez de Pulido, Tomas Álvarez Loreto, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-2.392.585, V- 8.804.969, V- 8.793.905, V-10.977.696 y V-1.486.784, asistidos en este acto por el abogado José Rafael Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.796.770, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 156.544, contra el acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras, emitido en fecha 02 de febrero.....