.III.
DISPOSITIVA
Por todo lo ante expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la Reposición de la Causa, de manera inquisitiva – oficiosa, única y exclusivamente a los fines de notificar a través de Comisión, librada por el Comitente Tribunal de la causa, al Circuito de los Juzgados de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, con sede en los Cortijos, Unidad de Distribución de Documentos, para que se sirvan notificar a: 1) PETROLEOS DE VENEZUELA S.A. (PDVSA), debe ser dirigida tanto a su Presidente Dr. RAFAÉL RAMÍREZ, como a la Consultoría Jurídica de ese organismo, encabezada por el Dr. ARMANDO GIRAUD, ubicadas ambas oficinas, en la Ciudad de Caracas, Av. Libertador. Edificio La Campiña., notificación que debe contener copia del documento de compraventa para ilustrar a la estatal petr.....