Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: DECLINA LA COMPETENCIA, de conocer el presente RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, y ordena la remisión del mismo a un Tribunal de Primera Instancia Laboral de esta jurisdicción en su oportunidad legal, todo de conformidad con los artículos 67 y 64 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 7 de la Ley Orgánica de amparo y Garantías Constitucionales. Cúmplase. Publíquese. Regístrese. Notifíquese y remítase.