PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR, la apelación ejercida, por la parte Accionada, Ciudadano NOGUERA MENDOZA, ROBERT JOSÉ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.049.503. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida, emanada del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° 1, de fecha 06 de Noviembre de 2006. En consideración de las necesidades que tiene el menor ABRAHAM DAVID DE 2 AÑOS DE EDAD, acuerda en base al interés superior del menor, fijar la pensión mensual en la cantidad de un TREINTA POR CIENTO (30%) DE UN SALARIO MÍNIMO MENSUAL, montante a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES (153.697,oo Bs), y adicionalmente para cubrir los gastos decembrinos, se fija un 40% de un salario mínimo nacional, por la cantidad de DOSCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA BOLÍVARES (204.930,oo Bs), que deberá consignar, el accionad.....