Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN A LA TRANSACCIÓN, efectuada entre las partes de la presente causa, ciudadanos SAMAR JACKELINE TEIFUR, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.268.008, debidamente asistida por el abogado JUAN BAUTISTA AGUIRRE NAVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.219.228, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 8.049, con domicilio procesal en el Centro Comercial profesional "Atrache", 1 piso, oficina Nº 16, carrera 10 entre calles 6 y 7, casco central de esta ciudad de Calabozo y por la otra el abogado en ejercicio LUIS ALBERTO PINO, venezolano, titul.....