Con fuerza en las motivaciones precedentes, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 18 de septiembre de 2018, por la abogada Emilia Nathalie Terán Ramírez, en su carácter de Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de agosto de 2018, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Sede San Juan de los Morros. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en los artículos 174, 175 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la nulidad del auto de fecha 13 de junio de 2018, el cual riela al folio 49 de la pieza única del presente asunto y de las actuaciones consecu.....