Este Tribunal de Primera Instancia en lo Peal en función de Control Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Extensión Calabozo, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECRETA: EL ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES de conformidad con las facultades establecidas en el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionadas con la investigación NRO. 12F2-828-08, iniciada en contra del ciudadano: JOSE ENRIQUE ALVARADO GARCIA, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-18.406.169, natural de Calabozo, Estado Guárico, donde nació el 14-01-1984, de 24 años de edad, soltero, de profesión u oficio MECANICO, hijo de Lilia Narvaez (V) y de José López (Df), residenciado en el Barrio Verita, calle 8, casa 27-34, cerca de la escuela de Verita; de esta ciudad, teléfono 0414/146.8252, por la presunta comisión del delito de de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULOS PROVENIENTES DE HURTO, previ.....