DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DA POR CONCLUIDO EL CASO en el presente asunto JLO1-P-2000-000062 para el ciudadano CRESPO MORENO JUAN RAMÓN, titular de la cédula de identidad N° 8.788.258, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal.-
Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZA 2° DE EJECUCIÓN
MARIA ANTONIETA SCOTT DE BRITO
LA SECRETARIA
ABG. DAYSY CARO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron los oficios N°_____________y las Notificaciones N°______________________________
LA STRIA.