Por las razones expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JORGE ALEJANDRO CASSANO MEDINA, MILVIA ROSA MEDINA RIOS, DOMENICO RICARDO CASSANO MEDINA, BIANCA CASSANO MEDINA, MARCO ANTONIO CASSANO SALAZAR, ALEJANDRO CASSANO SALAZAR y DAVIS CASSANO SALAZAR venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-13.820.309, 6.033.295, 16.913.016, 16.639.499, 6.929.059, 11.796.402 y 13.540.182, respectivamente, todos de este domicilio, del fallecido DOMENICO CASSANO GIULIANO, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.141.943, quedando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el libro copiador. Devuélvase original con sus resultas a la interesada. Anótese su entrega en el Libro de solicitudes y compútese en la estadística del Tribunal. Cúmplase.
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