Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA PENAL, en el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal de San Fernando de Apure-Estado Apure, en virtud que el ciudadano ALEXIS RAMÓN GARCÍA, venezolano, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.753.896, se encuentra solicitado por ese Juzgado Primero de Control de San Fernando de Apure, según reporte de SIIPOL: 1- SOLICITADO SEGÚN OFICIO N° 1C-1907-06 DE FECHA 26-09-2006, EMANADO DEL JUEZ PRIMERO DE CONTROL DEL ESTADO APURE 2.- REQUERIDO POR EL JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE SAN FERNANDO DE APURE, SEGÚN OFICIO N° 1C-1263-02 DE FECHA 20-07-2007; SOLICITUDES POR EL DELITO DE A.....