Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta El Sobreseimiento de la presente causa a favor de la ciudadano JUAN VICENTE HIDALGO RIVERO, venezolano, natural de Calabozo Estado Guárico, de 48 años de edad, soltero, de profesión u oficio chofer, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.877.644, residenciado en el sector 01, calle N° 01, casa N° 06, de esta ciudad, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENSIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano RAMON ISIDRO NUÑEZ, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal, 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las pa.....