III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ut supra transcritos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÁN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, de conformidad con el artículo 253 constitucional y 242 del C.P.C., en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR LA CONFESIÓN FICTA alegada por la parte actora mediante apoderada.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.-
Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en la ciudad de San Juan de los Morros, a los ocho (08) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diecinueve (2019). AÑOS: 209º de la Independencia y 160º de la Federación.
LA JUEZA,
ABO.....