DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA , POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, seguida al ciudadano OTONIEL ENRIQUE LARA SÁNCHEZ, venezolano, natural del Caserío La Llanada, de estado civil soltero, , mayor de edad, residenciado en Barrio Brisas del Valle, Callejón Los Pinos, casa sin número, de esta ciudad y titular de la cédula de identidad nro. 10.673.744; por la comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos. SEGUNDO: Se decreta el cese de las medidas cautelares acordadas en beneficio .....