Se publicó y registró decisión en la cual se hicieron los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Declara Con Lugar la Solicitud de la Defensa en cuanto a la Nulidad del acta policial cursante al folio 01. SEGUNDO: Se Declara Con Lugar la Solicitud de la Defensa en cuanto a la Libertad Plena de los adolescentes imputados, IDENTIDAD OMITIDA. TERCERO: Se Declara Sin Lugar la solicitud Fiscal con respecto a que se le imponga la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el literal "c" del Art. 582 de la LOPNA, como consecuencia de ello se les concede la Libertad desde la sala de audiencias de este Tribunal. CUARTO: Se Ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía XIII del Ministerio Público, a los fines de que continúen con las investigaciones y dicte el posterior acto conclusivo de dicha investigación.