Se publicó y registró decisión en la que se decretó:1° Calificó como flagrante la aprehensión de los adolescentes por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el art. 277 del CP en concordancia con literal "a" del art. 1 num. 3 de la Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales relacionados 2° Se impuso a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en los lit. "c" y "f" del art. 582 de la LOPNA. 3° Se acordó la Libertad Plena del adolescente BRAYAN ORTA 4°: Se acordó el procedimiento ordinario 5° Se declaró sin lugar la solicitud de Libertad Plena realizada por la Defensa 6° Se acordó remitir a la Fiscalía XII del MP copias de las actuaciones para que determinen la procedencia de la averiguación contra los funcionarios actuantes en la investigación.