Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado en uso de las facultades conferidas mediante Resolución número 2009-0006, de fecha, 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 368.338, de fecha, 02 de Abril de 2009, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos OSWALDO ANTONIO HERNÁNDEZ Y IVONNY CAROLINA MANZOL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-12.636.684 y V-15.221.557 respectivamente, domiciliados, el primero en el medio rural la Ceibita, y la segunda en vereda 17, casa N° 03, Sector la Florida, de esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del estado Guárico, asistidos por la abogada MALAGRO COROMOTO LINERO REYES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 168.368, y en conse.....