Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA CONDENATORIA Y CÓMPUTO DE PENA, en la causa seguida en contra de JOHANA ROBERSI FIGUEREDO SEIJAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, encabezamiento, 482 y 484, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 493, eiusden, quien fue condenada a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) de prisión, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en EL artículo 415 del Código Penal. Regístrese, publíquese, diarícese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal. Líbrense los oficios correspondientes, con copia certificada del presente auto de ejecución y de la sentencia c.....