Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo pautado en el artículo 103 del Código Penal, en concordancia con el artículo 471 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal,publicado en Gaceta Oficial Nº 6078 Extraordinario del 15 de junio de 2012, con plena vigencia desde el 01-01-2013, declara la EXTINCIÓN DE LA PENA impuesta al ciudadano ENYELBER MANUEL USECHE ACOSTA; Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.883.766, natural de San Juan de los Morros, Estado Guárico, de profesión indefinida, nacido el día 11-01-1992, de 23 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Tatiana Acosta y de Saturio Useche, residenciado en el Barrio Las Mercedes, calle Santa Elena, casa .....