En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, éste Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y eleva el anterior justificativo a TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano FEDERICO FUERTES PUMAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-7.289.875, sobre las bienhechurias, descritas en el escrito de solicitud, inserto al folio 01, vto y 02 del presente expediente; sobre un Terreno de su Propiedad ubicado en la siguiente dirección: URBANIZACION LAS ABEJITAS, PARCELA K 14, MANZANA K, DE ESTA CIUDAD SAN JUAN DE LOS MORROS, ESTADO GUARICO; constante de una superficie de Terreno de OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (800,00 M2), quedando a salvo en todo caso los dere.....