DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente Medida Cautelar Provisional de Protección a la Producción Agrícola y Pecuaria solicitada por los ciudadanos Yenfri Gabriel Hurtado García y Neyda Lidy García Mejias, venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.573.961 y V-13.151.145 respectivamente, asistidos en este acto por el abogado Marcial Omar Fagundez Páez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 202.431.
SEGUNDO: Se decreta Medida autónoma provisional de Protección a la actividad agrícola y pecuaria, desarrollada en el predio denominado "Finca Santa Rita" ubicada en el municipio Julián Mellado del estado Guarico, constante de quinienta.....