por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
RESUELVE
UNICO: Declara CON LUGAR la solicitud de prorroga realizada por el Ministerio Público para el acto conclusivo pertinente, por un lapso máximo de quince (15) días, contados a partir del 19 de Julio de 2010, fecha cuando finaliza los treinta (30) días hábiles del plazo ordinario dentro de fase de investigación para estos menesteres, debiéndose contar a partir del día siguiente el lapso de prorroga acordado, lo que significa que vence el término el día 03 de agosto de 2010, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.