Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos : LUIS ENRIQUE QUINTERO LOPEZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.304, venezolano, mayor de edad, titular de la
Cédula de Identidad N° 8.793.830, quien actúa en este acto en carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSE AGOSTINHO TEIXEIRA DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.768.888, carácter éste que se evidencia de documento autenticado por ante la Notaría Pública Segunda del Estado Vargas, en fecha 18 de Marzo del año 2.011, bajo el N° 39, Tomo 26, el cual cursa a los folios 04 al 06 del presente expediente, y SARA MARTINEZ RON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.993.125, debidamente asistida por el Abogado LUIS ENRIQUE QUINT.....