DISPOSITIVO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Competente para conocer del juicio de Acciones derivadas por simulación de venta, incoado por la ciudadana Edelmira Ramona Hernández Quiñones de Riccio, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de entidad Nº V-8.820.921, domiciliada en la urbanización Misión Arriba, avenida Principal El Saman, urbanización Villa de Calabozo, casa Nº 5, Calabozo estado Guárico, contra los ciudadanos Giovanni José Riccio Santone, Santone Derubertis Carmela y Pedro José Riccio Santones, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.554.888, V-6.084.590 y V-12.485.558 respectivamente, asistidos por la abogada Haira Román Pérez, inscrita en el inpre-abogado Nº 59.488.
SEGUNDO: Con Lugar la .....