VI
DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de Protección a la Actividad Agrícola y Pecuaria, sobre un lote de terreno denominado fundo "Las Aguaditas" ubicado en el sector Las Aguaditas, Municipio Las Mercedes del Llano del estado Guárico, constante de una superficie aproximada de dos mil cuarenta y cuatro hectáreas con nueve mil quinientos doce metros cuadrados (2.044Has con 9.512 mts2, solicitada por la abogada Nilsa Nohelys Camacho Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-13.060.109, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 114.799, en su carácter de defensora pública del ciudadano Pedro Vicente Luzón Portabarria, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.331.560, en .....