En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTA al ciudadano EDID ALEXANDER ROMERO HEREIDA, venezolano, nacido en fecha 08/04/83, portador de la cedula de identidad Nº 16.184.768, de profesión u oficio Seguridad de Hotel, residenciado en Pampatar Lomas de la Garanta, casa Nº 12, calle Cueva del Bufón, cerca de la antena Movilnet, teléfono 0416-5950099, conforme a lo previsto en el articulo 256 ordinal 3°, 1, 8, 9, 282, 243 y todos del Código Orgánico Procesal Penal, y 49,2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito. Se dejaron sin efecto la Orden de Aprehensión recaída al imputado de autos. Se acordo la libertad desde la sala de audienc.....