III
Dispositiva
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortíz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; de conformidad con el artículo 253 constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL CIVIL existente entre los ciudadanos: JANETT JOSEFINA ACOSTA DE PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.995.514, de este domicilio y el ciudadano PARRA REUTER HERMAN HILARIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-8.949.894, de este domicilio, vinculo mastrimonial contraído por ante el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, Comision de Registro Civil y Electoral, Es.....