En virtud de los razonamientos expuestos, sustentados en las normas invocadas precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de Los Morros; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara manifiestamente IMPROCEDENTE la concesión al ciudadano JOSE GREGORIO PEREZ, Venezolano, natural de Calabozo, estado Guárico, titular de la cédula de identidad N° V-16.640.369, nacido en fecha 18-09-1982, de 34 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, hijo de Jose Rodríguez y Rosa Pérez, residenciado en el sector campo de Carabobo, calle principal, el sunsun, Barrera Norte, casa sin número, punto de referencia antes de la piscina la Rosa, Parroquia independencia, Municipio Libertador, estado Carabobo, Actualmente recluido en el Internado Judicial de Carabobo " Tocuyito"; quien fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08).....