En cuanto a las testimoniales, promovidas por la parte demandada, este Juzgado acuerda fijar la evacuación de los testigos ciudadanos Ángel Lisandro Mendoza, Ricaurte Leonel Urdaneta Quintero y Maria Jennifer Mendoza, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-10.265.122, V-9.646.971 y V-12.990.938 respectivamente, se fijan para el día Jueves (17) de marzo de 2.015 a las 09:00, 10:00 y 11:00 horas de la mañana, en su orden, los cuales el promovente debe presentar el día y hora señalada.
En relación a la prueba de Inspección Judicial, observa este Juzgado que la parte demandada se adhirió a la comunidad de la prueba presentada por la parte accionante, en virtud de lo cual su practica se llevará a cabo el mismo día y hora fijada supra, la cual se admiten por no ser contraria a la Ley y al orden publico, apreciando su justo valor en la definitiva.
Este tribunal fija un lapso de treinta (30) días continuos para la evacuación de las pruebas, los cuales come.....