Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en sede Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, presentada por la ciudadana LUZ ENEIDA MENDOZA DE VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, Productora Agropecuaria, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.555.316, domiciliada en la calle Libertad entre calles Nueva y Calle Sucre del sector El Cementerio, Nº 03-06-05 de la ciudad de Zaraza, Estado Guarico, debidamente asistida por el abogado Francisco Javier Toro Ledezma, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 44.982, solicitaron la rectificación de Acta de Matrimonio, las cual se encuentran inserta bajo número 29, llevado en el libro de matrimonio, llevado en los libros del hoy, Tribunal.....