Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en uso de las facultades conferidas mediante Resolución número 2009-0006, de fecha, 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 368.338, de fecha, 02 de Abril de 2009, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos YECENIA MARIA GUILARTE ACERO Y JAIME JAVIER NAVAS PERDOMO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, comerciantes, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.664.613 y 13.059.237 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio, Francisco Javier Toro Ledezma, inscrito en el Instituto de Previsión Socia.....