En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por cobro de Prestaciones Sociales, ha incoado el ciudadano José Miguel del Corral, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.616.197.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada pagar al actor las siguientes cantidades: Bs. 1.495.890,00, por concepto de antigüedad; Bs. 400.000,00, por concepto de vacaciones; Bs. 186.666,60, por concepto de bono vacacional; Bs. 400.000,00, por concepto de bonificación de fin de año, y Bs. 997.260,00, por concepto de indemnización correspondiente al artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, lo que da un total general de Bs. 3.079.816,62.
CUARTO: Vista la naturaleza del ente demandado, no hay expresa condenatoria en costas.
QUINTO: Se ordena el pago de los intereses de mora de las prestaciones sociales desde la fecha del.....