DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, y de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia declara como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano JAVIER JOSE MORONTA JARAMILLO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-13.152.644 y de este domicilio, hijo de la de cujus ELEOVINA JARAMILLO JARAMILLO, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-5.622.490, quién falleció como consta en Acta de Defunción Nº 1116, expedida por el Consejo Nacional Electoral Comisión de Registro Civil, del Estado Guárico, en fecha 22 de Octubr.....