DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control de la Sección Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el artículo 557 de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y Adolescente, en concordancia con el artículo 248 y 373 del Código Orgánico procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Especial, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado con Alevosía, previsto en el articulo 406 ordinal 1? del Código Penal, SEGUNDO: DECRETA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito Homicidio Calificado con Alevosía, previsto en el art.....