DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano ROMERO ÁLVAREZ FLAVIO RAMÓN, ampliamente identificado, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462, en perjuicio de distintos establecimientos comerciales de esta ciudad y del ciudadano Dawaher Dawaher Simón, de conformidad con los artículos 250 y 251, ordinales 3° y 5°, del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se continúa la investigación bajo las normas del procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 373, último aparte, eiusdem. TERCERO. Se declara sin lugar la solicitud de libertad efectuada por la d.....