DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA por el lapso de TRES (03) AÑOS la cual culminara en fecha 19-12-2009 a las 12:00 de la noche, al penado CARLOS JOSE MARIN , titular de la cédula de identidad Nº- V-11.124.547, venezolano, natural de Altagracia de Orituco, estado Guárico, soltero, vigilante privado, con residencia en la calle Miguel Antonio Olivo, casa nº 44, sector 1, Barrio Brisas del Valle San Juan de los Morros Estado Guarico, fue condenado por el Juzgado Primero de primera Instancia Penal y salvaguarda del patrimonio público del Estado Guarico, folios 194 al 207, a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión por la comisión del delito de H.....