Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano JOSE MANUEL LOPEZ NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.523.438, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad Municipal constante de CIENTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTIUN CENTIMETROS (156,21 M2), ubicado en el Casco Central, Calle 5, al final, de esta ciudad de Calabozo del Estado Guárico, con los siguientes linderos: NORTE: Ejidos Municipales en (6,50 Mts), SUR: Calle 5 en (16,20 Mts), ESTE: Delia Aponte en (20,70 Mts) y OESTE: Giménez González en (11,42 Mts), de conformidad con lo establecido en el artículo 937 d.....