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Por las razones expuestas este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara lo siguiente:
PRIMERO: Se declara CONFESA a la demandada ciudadana GECDITH CELESTINA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.621.121, conforme a lo dispuesto en el Artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, y así se resuelve.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA incoada por el ciudadano FRANCISCO ALBERTO GOMEZ RAMOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.630.862, contra la ciudadana GECDITH CELESTINA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.621.121, y así se decide.
TERCERO: En consecuencia, se declara que el ciudadano FRANCISCO ALBERTO GOMEZ RAMOS, Venezolano, mayor de edad, t.....