DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos y de conformidad con el criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante decisiones nros. 256/2001, 956/2001 y 686/2002, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio Nieves y Ortíz del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL y, en consecuencia da por TERMINADA la Solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL presentada por el ciudadano: MARÍO GARÓFALO RUSCICA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, Cédula de Identidad N° V-4.390.186, asistido por los abogados: Héctor José Díaz Morales y Rafael Tobías Salazar Guzman, inscritos (as) en el INPREABOGADO bajo el N° 56.592 y 139.523 respectivamente.