DISPOSITIVA
Vista la anterior motivación, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en Sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora recurrente CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO DEL CENTRO COMANCEN C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 22 de marzo de 1990, anotada bajo el Nº 16, Tomo 16-A, siendo su última modificación estatutaria en fecha 02 de abril de 2012, anotada bajo el Nº 20, Tomo 63-A y domiciliada en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, en fecha 12 de diciembre de 2017, quedando anotado bajo el Nº 23, Tomo 364 de los Libros de Autenticaciones, a través de su Apoderado Judicial Abogado VICTOR ANTONIO ORTIZ ARREAZA, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identida.....