PRIMERO: Que el penado CAMPOS CATANO CELESTINO fue detenido en fecha 14-03-1997, hasta el día 24-04-1997, tal y como se evidencia a los folios 181 y 208 de la Pieza N° 01, posteriormente fue detenido en fecha 14-10-2002 hasta el día 15-10-2002, tal y como consta a los folios 335 al 337 y 343 de la pieza N° 01 del Asunto; siendo de nuevo detenido en fecha 03-01-2003 hasta el 13-01-2005, lo que se evidencia a los folios 01 al 06 de la pieza Nº 3, y folio 225 de la pieza Nº 2 del Asunto, y luego es detenido nuevamente en fecha 10-03-2006, lo que se evidencia al folio 3 de la pieza N° 04 del Asunto, manteniéndose detenido hasta la fecha, lo cual sumado a DIEZ (10) MESES, VEINTIOCHO (28) DÍAS y DOCE (12) HORAS redimidos da un total de tiempo de detención de TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES, DOS (02) DÍAS y DOCE (12) HORAS, lo que significa que le falta por cumplir DIEZ (10) MESES y DIECIOCHO (18) DÍAS, terminando de cumplir la pena en fecha 11-12-2007.-