Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 en concordancia con el Artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA TRANSACCION, celebrada por las partes y suspende la Medida Preventiva de
Embargo decretada por este Tribunal en fecha: 14-11-07, que riela a los folios (15 y 16) del Cuaderno de Medidas y participada al Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, mediante oficio Nº 2570-716, de fecha 14-11-07 y librar oficio al Tribunal Ejecutor, antes mencionado solicitando el Exhorto. Asimismo hacer la entrega de los originales que consta de dos .....